Desde el sábado 5 de septiembre, el nuevo Régimen Penal Juvenil se aplica en todo el territorio nacional, transformando la manera en que se aborda judicialmente a los menores que cometen delitos y estableciendo la responsabilidad penal a partir de los 14 años. La Ley 27.801, aprobada por el Congreso el 27 de febrero, fue promulgada mediante el Decreto 138/2026 y publicada en el Boletín Oficial el 9 de marzo. La norma estableció que su entrada en vigencia ocurriría 180 días después de su publicación, plazo que se cumplió este sábado.
El aspecto más destacado es la disminución de la edad de imputabilidad. El nuevo régimen abarca a jóvenes desde los 14 años hasta antes de cumplir los 18, mientras que el sistema anterior fijaba la imputabilidad a los 16. Además, la ley deroga la Ley 22.278, que estaba en vigor desde 1980.
No obstante, la reforma va más allá de la edad. Se crea un régimen penal específico para adolescentes, con medidas y sanciones distintas a las de los adultos, e incorpora educación, trabajo, reinserción social y seguimiento interdisciplinario como ejes de la intervención estatal.
El régimen ofrece diversas respuestas judiciales según la gravedad del delito, los antecedentes del joven y las circunstancias del caso. Entre las medidas se incluyen amonestaciones, prohibiciones de acercamiento o contacto con ciertas personas, restricciones para asistir a lugares o salir de una jurisdicción, tareas comunitarias, monitoreo electrónico y reparación integral del daño.
También se contemplan penas privativas de libertad, que pueden cumplirse en el domicilio, en un instituto abierto o en un instituto especializado de detención. En todos los casos, el juez debe justificar expresamente la medida y determinar el lugar de cumplimiento.
Para los adolescentes, quedan prohibidas la prisión y la reclusión perpetuas. La pena máxima privativa de libertad será de 15 años, incluso si la escala penal del delito prevé una mayor. Además, cuando se imponga una privación de libertad, se deben aplicar conjuntamente medidas de educación, trabajo y reflexión sobre la gravedad del hecho.
La ley busca evitar que toda intervención termine en prisión. Por ejemplo, en delitos con pena máxima no superior a seis años, se puede habilitar una mediación penal juvenil, siempre que se cumplan las condiciones y la víctima consienta. También se prevé la suspensión del proceso a prueba en ciertos casos.
Las víctimas ahora tienen un rol reconocido en el sistema. La norma garantiza su derecho a ser informadas, recibir asistencia jurídica cuando corresponda, participar en ciertas instancias y ser escuchadas antes de algunas decisiones judiciales.
En Misiones, la preparación para aplicar el nuevo régimen comenzó meses atrás. En abril, el ministro del Superior Tribunal de Justicia, Juan Manuel Díaz, explicó a FM 89.3 Santa María de las Misiones que la provincia inició un proceso de adecuación institucional por etapas y destacó que Misiones fue una de las primeras jurisdicciones en trabajar en la implementación. En ese momento, subrayó que el objetivo central no debía ser solo la sanción, sino la socialización y reinserción del adolescente.
El proceso continuó con mesas de trabajo interinstitucionales entre el Poder Judicial y otros organismos provinciales.
A comienzos de julio, PRIMERA EDICIÓN informó que la Justicia misionera avanzaba en la elaboración de protocolos de actuación y mecanismos de coordinación entre áreas de Educación, Salud Integral y Reintegración Social, con el fin de llegar a septiembre con procedimientos consensuados. También se trabajó sobre el rol de instituciones provinciales que ya intervenían en casos de adolescentes en conflicto con la ley.
Entre ellas se encuentran los Centros Modelo de Asistencia y Seguimiento (CeMoAS), que funcionan desde hace años en varios puntos de Misiones y realizan abordajes interdisciplinarios y seguimiento de jóvenes y sus familias. Según Constanza Yudar, titular de la Comisión de Buenas Prácticas en Contexto de Encierro, la provincia adecuó espacios, equipos profesionales y mecanismos de seguimiento para el nuevo escenario.
En Misiones, hay cinco CeMoAS distribuidos en Posadas, Eldorado, Oberá y Puerto Rico, y por esos dispositivos ya pasaron entre 1.000 y 1.500 adolescentes, según datos brindados por la funcionaria a FM 89.3.
Yudar también señaló que las unidades penitenciarias fueron adaptadas para alojar a adolescentes en caso de que un juez disponga una medida de encierro, con separación por edad y sin convivencia con adultos. La ley nacional establece que los adolescentes privados de libertad deben permanecer separados de los adultos y recibir asistencia médica, psicológica y psiquiátrica especializada, además de capacitación educativa y laboral.
Uno de los principales desafíos será determinar qué respuesta concreta recibe cada adolescente y evitar que la baja de la edad de imputabilidad genere un aumento sostenido de jóvenes privados de libertad. Yudar advirtió en agosto sobre el riesgo de un “efecto embudo” en las instituciones de alojamiento y señaló que el seguimiento periódico de las causas será clave para que la intervención judicial no se limite al encierro.
En la misma línea, Díaz indicó que la aplicación del régimen requerirá una coordinación permanente entre Justicia, Servicio Penitenciario, Policía, Educación, Salud, áreas sociales y organismos de capacitación laboral.
La ley nacional también deja una parte importante de la implementación en manos de las provincias. Su artículo 49 invita expresamente a las jurisdicciones a adecuar sus normas procesales y administrativas a los principios y garantías del nuevo régimen.
Así, la entrada en vigencia marca solo el comienzo de una nueva etapa. A partir de ahora, la discusión se centrará en el funcionamiento concreto de la norma, especialmente en la capacidad de cada provincia para sostener equipos especializados, alternativas al encierro, seguimiento judicial y políticas de reinserción.
En Misiones, el esquema preparado durante los últimos meses comenzará desde este sábado a enfrentar esa prueba en casos reales.
Contexto:
La Ley 22.278, que regía desde 1980, establecía un sistema diferente para menores, con una edad de imputabilidad más alta y sin un régimen específico. La nueva ley busca actualizar el marco legal, adaptándose a estándares internacionales sobre derechos de la infancia y adolescencia, aunque su implementación efectiva dependerá de las provincias.
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